LA DOCTRINA DEL BOTÍN
- Por miguel-galindo
- El 08/02/2016
Detrás de los nombres siempre están los hechos. Es lo que pasa con lo de la tan cacareada Doctrina Botín con respecto al proceso de la Infanta… ¿se ha de aplicar?, ¿no se ha de aplicar?.. He aquí los hechos. Pero eso sí, todos los hechos, si acaso, no una sola parte de los hechos, aquella que más interese a según qué nombre haya delante… No, eso no.
En el año 2.006, Botín, el entonces presidente del Banco de Santander, fue encausado y juzgado por delitos fiscales. La acusación popular que lo hizo quiso hacerlo también por evasión de capitales, si bien no se le aceptó por un, por otra parte más que discutible, “fuera de plazo”… Bueno, el caso es que ni la Fiscalía, ni la Abogacía del Estado, lo acusaron (si hubiera sido yo, o usted, a lo mejor sí que lo hubieran hecho) pero no al todopoderoso financiero. Bien… Pues la Audiencia Nacional decide archivar la causa ante la no personificación en la denuncia de ambos estamentos, aunque sí lo hiciera la acusación privada. Como todo lo fallado crea jurisprudencia, pues aquí tenemos la famosa doctrina de don Emilio, y el porqué, si existe tal caso, no aplicárselo por igual motivo a una no menos tampoco importante como real figura, basándose en tales antecedentes legales.
¿Acaso se ha violado la ley por negarle el mismo trato… ¿de favor?.. al fín y al cabo?. Pues no, en realidad, puesto que en apenas un par de años después de instaurarse tal doctrina Botín, el Supremo celebra la vista del recurso de la acusación popular Manos Limpias (la misma, curiosamente, que en el caso de doña Cristina) contra la sentencia de absolución del TSJ del País Vasco a favor de Juan maría Atutxa por desobediencia legal. Su defensa apela a la tal doctrina Botín, pero la mayoría del Tribunal – 8 a 6 – no apoya la tal doctrina, y se acusa formalmente a Atutxa. Así mismo, al igual que funcionó tal doctrina, también se “des-funcionó” la misma doctrina. Por lo tanto, la negativa a que la Infanta se apoye en ella tiene la misma validez por antecedente legal que la postura contraria.
Lo que pasa es que un abogado tiene la obligación, no sé el derecho, a probar cuanto subterfugio legal tenga a mano para beneficiar a su cliente, o al menos a intentarlo, y si cuela, cuela… Pero por muy poderoso, mediático y de campanillas que sea, no le asiste derecho alguno a acusar al Tribunal de violar jurisprudencia alguna. Porque eso sería una total y absoluta falsedad, castigable además por la propia ley. Lo que pasa en estos casos es que ciertos letrados de ciertos niveles a ciertas alturas se permiten ciertos pataleos. Va en la minuta. Aunque con eso confundan a parte del gentío...
Personalmente estoy en contra de que se cree jurisprudencia destinada a proteger los intereses del poderoso en detrimento del propio sentido de la justicia, e incluso de sus propios principios. Sabido es que no siempre las leyes son sinónimo de justicia. Por lo tanto, si un Tribunal se ha bajado los calzones hasta los tobillos haciendo lo que no se debe, me parece muy bien que otro se los suba haciendo lo que se debe… Y lo que no veo muy bien, ni muy claro, es que nadie se marche de rositas por muy forrada que tenga su bolsa o por muy hijosdalgo que sea de quién sea. Lo siento mucho.