OJO AL ABUSO
- Por miguel-galindo
- El 13/08/2019
Una de las medidas laborales que nos ha caído este verano de la chistera de la normativa ídem, es que las empresas podrán descontar de la jornada la pausa para el bocadillo (almuerzo)...
Osea, que el descanso para el cafelito no cuenta como tiempo trabajado si no lo pone así el Convenio. La propia Inspección de Trabajo aconseja negociar el cómputo de las interrupciones...
Pues ojo con ese detalle. Es el que marcará el uso del abuso, la diferencia de que el chupito dure media hora o un par de horas. Casos conozco yo en la parcela funcionarial que dá para bocado, comprar en el mercado y hacer los recados...